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jueves, 26 de noviembre de 2015

Catastro de Ensenada. Arrancacepas (1753): propiedades del común

Catastro de Ensenada. Arrancacepas (Continuación)

23.- Propiedades del común

... dijeron que los propios de esta villa consisten en unas casas de Ayuntamiento, sitas en la Plaza de ella con diferentes oficinas, como es la sala capitular y cámara donde se tienen los granos de que se compone el caudal del pósito real de esta villa, que es de trescientas y diez y seis fanegas de trigo que se reparte a los vezinos para la simienta y otros tiempos cargando  a cada fanega, medio celemín de cruz que se distribuyen en la paga de dos cientos sesenta y quatro reales de corrido en cada año del censo de ochocientos ducados al convento de religiosas Franciscas de la Comzepción de Cuenca y lo demás para los gastos de pasar las cuentas, derechos de escriuano y depositario que son ciento y diez reales a este y otros ciento y diez al escriuano y avajo un quarto que sirue de calauozo con una cadena y dos pares de grillos y enfrente de él la ofizina donde se da la carne quando ay abastezedor, y que a esta villa no se paga casa alguna del caudal de dicho pósito ni el obligado de las carnes por ocupar las piezas de dichas casas y les parece que puesta en arrendamiento la cámara donde está el trigo del pósito por hallarse ocupada todo el año dieran de alquiler en cada uno quinze reales de vellón y por la carnizería ocho reales esto es en el año que se ocupase y a espaldas de estas mismas casas, está la fragua también propia de esta villa con su ayunque, fuelles y las demás erramientas nezesarias para calzar y aguzar una reja a los labradores, que es para lo que sirue, y en su sentir si se arrendase les parece podrían dar de alquiler ocho reales pero que no se tiene costumbre arrendarse sino es dársela a él herrero, sin descontarle cosa alguna de su salario y asimismo es propia de esta villa y se alla en la calle que vulgarmente llaman del horno, el de pan cozer, linda a poniente tierra de don Nicolas Ortega, vezino de Torralva y a saliente, y mediodía la calle Real, y al norte casa de Juan de Torres Blanco, el que se arrienda anualmente y un año con otro según la estimación que tienen los panes y regulado por un quinquenio es su valor, según ynfieren trescientos y cinquenta reales remítense a las posturas y remates y según lo que conste en las cuentas de propios y se halla gravado con un principal de censo de ochenta ducados de que en cada un año se paga veinte y seis reales y veinte y un maravedíes a fauor de la memoria o patronato que en la villa de Beteta fundó don Miguel Checa de Valera, de que es actual administrador Antonio Cava, vecino del Tovar, aldea de dicha villa, pero no pueden decir qué causa o urjencia pudo ofrecerse a esta villa para su ymposición y si fue en virtud de real facultad, lo que contará en la escriptura primordial a que se remiten de que existirá copia en poder de dicho administradory también tiene esta villa por propia suia una dehesa boalax que está entre los caminos de torralva y alvalate y linda por la parte de saliente con tierras de don Bartholomé Colmenar, vecino de esta villa, de las Ánimas de Joseph Torrijos, y otros vezinos de ella, a norte tierras de doña Josepha González, vezina de Valdecabras, y Alonso Estirado vezino de ésta a poniente la Cañada de los ganados merinos, al mediodía tierra propia del conzexo de esta villa y según la inspección que han hecho en la conformidad que está deslindada y amojonada tiene desde la parte de levante, a poniente mill y quatrocientos pasos y por la del norte al mediodía dos mill y trescientos pasos y cada uno de estos componen una vara castellana según llevan referido y toda ella ocupará setecientos y setenta almudes su calidad de mataparda robredal alto y vajo y sirue para el pasto y manutención de el ganado de labor excepto algunos años que hauiendo obligado de carnes se le da para que las disfrute con los ganados que deuen consumirse en el dicho abasto de carnes pero que siruiendo siempre de pasto la citada dehesa, como lo ha sido les pareze podrá darse en cada un año por disfrute de sus yervas doscientos reales de vellón, que su leña no se corta por estar prohibida en fuerza de la real ordenanza de S.M. pero si llegase el caso de cortarse para carbón no obstantes ser leña de no mui buena calidad, para él no pueden decir su importe y asimismo tiene esta villa por propia suia, una tierra que es la que linda con la misma dehesa, boalax de cauida de quarenta almudes de trigo en sembradura de mala calidad, linda al zierzo dicha dehesa, al mediodía Pablo Casero, Manuel Sevilla y otros vecinos de esta villa, a levante tierras de Blas de Valdeolivas, también vezino de ella y al poniente la Cañada de los Ganados Merinos, cuia propiedad la ha adquirido de Blas de Triguero, vezino y escriuano que fue de esta villa por ciertas resultas de cuentas que tubo con el conzexo y le fueron alcanzado en los maravedíes que de ellas consta va a que se remiten y dicha tierra se cultiva por los vecinos de esta villa concurriendo con sus labores y los que no las tienen con su trabajo personal hasta conseguir la recolección del fruto que tiene pendiente cediendo unos y otros este travaxo para distinguir con más promptitud el resto que está descubierto de lo que ymportó la fábrica de un retablo y de dorarlo erijido en su Yglesia Parroquial y capilla maior como también para satisfacer el costo que han tenido del fundir y hazer nuevas las dos campanas de dicha Yglesia y tienen entendido que de todo se ha llevado quenta y razón y que según ella se halla descuvierta esta villa al presente en dos mill y seiscientos reales de vellón, los mill y quinientos de dicho retablo y los mill y ciento de las campanas, pero que para ello está pendiente la siembra que ay en dicha tierra reducida en este presente año a veinte almudes de los quarenta de su cavida que se hallan sembrados de trigo y que éstos según la calidad de la tierra produzirán a res almudes y regularmente se siembra la mitad un año y la otra mitad en otro de forma que para cada siembra se pasa de hueco el año de baruechera, y asimismo tiene como propio suio esta villa lo que puedan produzir las carrascas que se hallan en el monte hueco que dizen el Montecillo y las de el Monte de Arriva, cuio importe anual de vellota y sus precios tienen declarado, pero si subcediese cortarse para carbón como esta expuesto, no pueden decir cosa alguna de su ymporte porque no lo han experimentado en su tiempo ni tampoco hazen expresión del valor de sus yervas, por ser comunes, y donde se mantienen los ganados de esta villa y otros de la mancomunidad  como dejan dicho en la pregunta quarta, y también se halla al presente cultivada en el término de esta villa y sorteado entre sus vezinos  un pedazo de tierra valdía  de cauida de ciento y treinta almudes, como llevan dicho, y vajo de los linderos referidos y por su calidad de tierra producirá cada almud en este presente año y llegándose a rrecoger quatro almudes, esto es incluso el almud de siembra pero que su cultiuo para sembrarla en este año que es la primera que se ha hecho no fue otro el motiuo que la falta de tierras que ay en este término por su mala calidad y ha sido sin facultad real ni contribuyen con renta alguna a quien lexitimamente lo haia de haber más que con los diezmos que dicha siembra pueda produzir. Que no hay en esta villa oficio de corredor fiel almotazen ni les consta de semexante privilegio y sólo la costumbre que ha habido en esta dicha villa es el que queda alcaldes ordinarios de ella, administran y perciben lo que produze qualesquier medidas y sacas que se hagan de frutos como los que se traen a vender de fuera que anualmente la han cargado en cuentas por esta razón treinta reales, los que se yncluien para pagamentos de deuitos reales y no hacen memoria tenga esta villa más propios ni efectos que los referidos, y responden

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